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EL DIVORCIO CONTENCIOSO
¿CUÁLES HAN SIDO LOS PRINCIPALES CAMBIOS?
La Ley Orgánica 1/2025 marca un antes y un después en los procesos de divorcio en España. La nueva fase negociadora obligatoria mediante MASC pretende fomentar el acuerdo, agilizar los procedimientos y reducir el conflicto, situando el diálogo y la solución consensuada como el primer paso imprescindible antes de acudir a los tribunales.
¿Cuál es nuestro papel?
En Fuentes Abogados le acompañamos y asesoramos durante todo momento, desde la fase negociadora hasta el final de proceso, guiando en la elección del MASC y velando por la legalidad del acuerdo final.
¿Qué métodos de solución de controversias existen?
Los Medios Adecuados de Solución de Controversias (MASC) incluyen varios mecanismos para resolver disputas fuera de los tribunales, fomentando la colaboración y el acuerdo entre las partes. Los principales métodos reconocidos actualmente, especialmente tras la entrada en vigor de la Ley 1/2025, son:
• Negociación directa:
Las partes dialogan entre sí, con o sin la intervención de sus abogados, en un lugar acordado para alcanzar un acuerdo por sí mismas.
• MEDIACIÓN:
• conciliación:
• derecho colaborativo:
• oferta vinculante confidencial:
• opinión de persona experta independiente:
• arbitraje:
¿Qué beneficios surgen con esta modificación?
Tendrás la oportunidad de resolver tu divorcio de forma más rápida, económica y menos traumática.
Podrás diseñar junto a tu expareja un acuerdo adaptado a vuestra situación, en lugar de dejar la decisión en manos de un juez.
Si no es posible llegar a un acuerdo, solo entonces podrás acudir a la vía judicial, pero tendrás que demostrar que intentaste negociar primero.
El papel del abogado es ahora aún más importante, ya que te acompañará desde el primer momento, ayudándote a elegir el método más adecuado y defendiendo tus intereses en cada fase.
¿CÓMO PUEDO EVITAR ACUDIR A UN MASC?
EXISTEN VARIAS EXCEPCIONES EN LAS QUE NO ES OBLIGATORIO ACUDIR A UN MASC, LAS PRINCIPALES SITUACIONES SON:
• casos de violencia de género o doméstica.
• demandas relacionadas con la tutela de derechos fundamentales.
• medidas cautelares del art. 158 cc.
• procesos de filiación, paternidad y maternidad.
• sustracción internacional de menores.
• situaciones de inferioridad o vulnerabilidad evidente de una de las partes.
• intervención del ministerio fiscal en defensa de menores o personas con discapacidad.
Estos son los principales cambios que se han introducido respecto al divorcio este año 2025. Si tiene alguna duda, contacte con nosotros.
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